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Buscan tipificarlo como delito: ¿Cómo se castiga actualmente el ingreso clandestino a Chile?

2026-03-19 - 20:50

Este lunes 16 de marzo, el Gobierno dio suma urgencia al proyecto que castigaría con cárcel o multa el ingreso clandestino a Chile, tipificándolo como delito. No es una iniciativa nueva, sino que fue presentada en 2022, y se encuentra actualmente en la Comisión de Gobierno Interior del Senado, en segundo trámite constitucional. El proyecto indica que la persona que haga ingreso por pasos no habilitados o eludiendo controles migratorios tendrá una sanción penal de presidio menor en su grado mínimo —de 61 a 540 días de cárcel— o una multa de cinco a diez UTM, que podría llegar hasta los 650 mil pesos. Posterior al cumplimiento de la pena, se procedería a la expulsión del extranjero. Lee también... Gobierno da urgencia a proyecto que castigaría con cárcel o multa el ingreso clandestino a Chile Lunes 16 Marzo, 2026 | 19:01 ¿Cómo se castiga actualmente el ingreso clandestino a Chile? Lo primero que se debe señalar es que la actual legislación chilena establece explícitamente el principio de no criminalización, el cual señala que la migración irregular no se considera un delito penal en sí misma. Lo anterior se regula en el artículo 9 de la Ley 21.325. No obstante, este tipo de acciones sí configuran lo que se conoce como infracciones administrativas, las que conllevan diferentes tipos de sanciones según el caso. Actualmente no hay penas de presidio por el solo hecho de ingresar o permanecer de forma irregular en Chile. Únicamente cuando existe una orden de expulsión, el afectado puede ser sometido a una restricción de libertad por un plazo máximo de cinco días corridos, con el solo fin de hacer efectiva su salida del país. Eso sí, la ley sí contempla penas de presidio para quienes faciliten o promuevan el ingreso o egreso ilegal de extranjeros al territorio nacional, es decir, cuando hablamos de tráfico ilícito de migrantes. Lee también... Evalúan financiar expulsiones con fondos previsionales de migrantes que ingresaron de forma irregular Jueves 19 Marzo, 2026 | 10:30 Para el extranjero que ingresa a Chile de forma irregular, la normativa no establece una multa económica directa por el solo acto del ingreso, pero sí indica algunas para los casos de permanencia con permiso expirado o el reingreso tras egreso ilegal, desde 0,5 hasta 10 UTM o de 10 a 50 UTM, respectivamente. En cuanto a las expulsiones, la ley es clara en señalar, en su artículo 131, que todo extranjero que sea sorprendido por la autoridad intentando ingresar o habiendo ingresado al territorio nacional eludiendo el control migratorio (ya sea por pasos habilitados o no), o utilizando documentación falsificada o adulterada, debe ser inmediatamente reembarcado o reconducido a la frontera. La expulsión también aplica cuando se trata de extranjeros que ingresaron al país de forma clandestina sin ser sorprendidos y, por lo tanto, no fueron reconducidos. Esto, ya que, según el artículo 127, es causal de expulsión encontrarse en Chile careciendo de un permiso que habilite la residencia legal, especialmente si el ingreso se realizó eludiendo el control migratorio o por pasos no habilitados. Cabe señalar que la ley, en su artículo 130, establece la prohibición explícita de expulsiones colectivas, señalándose que cada caso se debe analizar y decidir en forma individual. Efectos en derechos y garantías En el debate constitucional, Édgar Fuentes-Contreras, experto en Derecho Constitucional y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes (Uandes), advierte que las nuevas medidas propuestas no solo deben evaluarse por su objetivo, sino también por sus efectos en derechos y garantías. “Pese a que pueden ser vistos como herramientas dirigidas a atender un fin estatal, como ordenar y regular los flujos migratorios y posibles consecuencias que se vinculan con estos, las iniciativas causan tensiones relevantes con principios constitucionales y estándares internacionales, tanto en materia de derechos humanos como de derecho migratorio”, indica. El experto apunta a que la regulación propuesta exige un análisis pormenorizado para identificar eventuales tensiones con las normas constitucionales y con las obligaciones internacionales de Chile. En esa línea, subraya que el foco debe estar en la aplicación concreta de estas herramientas. “Se debe poner atención a posibles detenciones sin control judicial, ampliaciones de plazos de privación de libertad y el impacto en el debido proceso y en el derecho a la no discriminación”, concluye.

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