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Ya es Ley: qué dice la normativa que establece nuevos requisitos para conducir vehículos motorizados

2026-02-09 - 13:46

Este sábado 7 de febrero se publicó la «Ley Jacinta» en el Diario Oficial, iniciativa que modifica la Ley de Tránsito —y otras normativas— para exigir ciertos requisitos al momento de conducir vehículos motorizados. También duplica las coberturas del SOAP y aumenta las exigencias para que los niños circulen en motocicletas, entre otros. Cabe recordar que esta Ley (No 21.797) lleva su nombre en honor a Jacinta González Schnitzer, una bebé de 5 meses de edad que murió atropellada en 2022. El accidente ocurrió mientras la pequeña era paseada en coche por sus padres y un conductor de 80 años de edad perdió el control de su vehículo debido a un cáncer en etapa IV. Qué cambios introduce la Ley Jacinta Mayores exigencias para obtener la licencia de conducir Quienes soliciten o renueven su licencia deberán acreditar, mediante una declaración jurada, que no ha sido diagnosticado ni conoce padecer de alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas establecidas en el reglamento. ¿Cuáles son estas enfermedades? Doce meses contados desde la publicación de la Ley en el Diario Oficial —es decir, el próximo 7 de febrero de 2027— el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá dictar un reglamento sobre dichas patologías, el cual deberá también ser suscrito por el Ministerio de Salud. En caso de falsedad de esta declaración, se establece la cancelación inmediata de la licencia. Protección para niños en motocicletas Se fija una edad mínima de 12 años para transportar niños en motocicletas. Estos deben ir sentados en una posición segura, con los pies apoyados, y nunca pueden estar ubicados entre el conductor y el manubrio, ya que se considera como una práctica altamente peligrosa. Ley Jacinta: duplica las coberturas del SOAP La ley aumenta las coberturas del SOAP de la siguiente forma: — Fallecimiento e incapacidad permanente: de 300 a 600 UF. — Incapacidad permanente parcial: 200 a 400 UF — Gastos de hospital/rehabilitación: de 300 a 600 UF. Además, se reducen los plazos de pago a 7 días en caso de fallecimiento. Lee también... Aseguradoras informan suspensión transitoria de venta del SOAP tras publicación de la Ley Jacinta Domingo 08 Febrero, 2026 | 21:27 Extiende el fuero laboral por la pérdida de un hijo Se incorpora al Código del Trabajo un fuero laboral de un mes para madres y padres trabajadores que enfrenten el fallecimiento de un hijo, otorgando estabilidad mínima en un momento de profundo impacto emocional.

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